
Miguel Raúl Hernández Rojas
(X: @Rauuxll).
Hay temas que, para todos, en mayor o menor medida, resultan difíciles de abordar. La muerte es uno de ellos. Tal vez porque incomoda, porque nos recuerda el límite de todo, porque obliga a discutir aquello que solemos dejar en manos de la familia, de la medicina, de la fe o del silencio; temas que incluso para el derecho suelen ser especialmente complejos, ya que lo enfrentan a preguntas para las que rara vez existen respuestas sencillas. Pero esta vez la discusión llegará a la Suprema Corte. A partir de ahí, una cuestión profundamente personal tendrá que examinarse también a la luz de la Constitución.
Pero ¿cómo podría la Suprema Corte llegar a resolver una discusión como esta? La respuesta comienza con una decisión reciente del propio tribunal: en sesión del miércoles – 17 de junio – la Suprema Corte decidió atraer para su estudio el amparo en revisión 147/2026, relacionado con la prohibición de la eutanasia y el suicidio médicamente asistido. Con ello, la Corte reconoció que se trata de una cuestión constitucional de especial relevancia, que merece una definición desde el máximo intérprete de la Constitución. Todavía no ha resuelto el fondo del asunto. No ha dicho si la prohibición de la eutanasia y del suicidio médicamente asistido debe mantenerse, modificarse o desaparecer.
Lo que hizo fue abrir la puerta para examinar si el marco jurídico mexicano puede negar de manera absoluta cualquier forma de ayuda médica para morir, incluso cuando una persona enfrenta una enfermedad grave, un sufrimiento irreversible y ha expresado de manera clara su voluntad respecto del final de su vida.
Ahora bien, en un tema como este, las posiciones suelen estar muy divididas. Hay quienes consideran que permitir una muerte asistida es una expresión de libertad y de dignidad humana. Otros creen que hacerlo implica cruzar una línea que pone en riesgo la protección de la vida. Son posturas distintas, pero ambas parten de preocupaciones legítimas. Por eso conviene discutir el tema con seriedad y sin simplificaciones. Más que un debate entre buenos y malos argumentos, estamos frente a una cuestión compleja en la que chocan valores fundamentales y donde las respuestas fáciles rara vez hacen justicia al problema.
Es importante mencionar que México ya reconoce ciertas decisiones al final de la vida. Una persona puede rechazar tratamientos, expresar una voluntad anticipada y evitar que la medicina prolongue artificialmente una agonía. El derecho acepta que vivir no equivale a permanecer conectado a todo lo técnicamente posible. Pero el mismo sistema traza una frontera: permite rechazar tratamientos, pero prohíbe recibir ayuda médica para morir.
Ahí está el centro del problema: si esa diferencia basta para sostener una prohibición absoluta o si el derecho debe construir una respuesta más cuidadosa. El Estado tiene el deber de proteger la vida. Sin embargo, la vida que protege la Constitución no vive en abstracto. Vive en cuerpos concretos, en camas de hospital, en diagnósticos que ya no prometen regreso y en dolores que ningún expediente alcanza a describir.
Entonces aparecen las preguntas incómodas: ¿proteger la vida significa prolongarla siempre? ¿Hasta dónde llega la autonomía cuando una persona ya no decide sobre un proyecto futuro, sino sobre la forma en que quiere atravesar sus últimos días? Responder que todo debe permitirse sería irresponsable. Responder que todo debe prohibirse también deja preguntas abiertas.
En un país como el nuestro, los riesgos son reales. No podemos hablar de muerte digna como si todas las personas llegaran al final con hospitales suficientes, medicamentos, paliativos y una red familiar libre de presiones. La autonomía no siempre aparece en condiciones limpias: a veces habla desde la soledad, el cansancio, la pobreza o el miedo de ser una carga.
Por eso una discusión seria tendría que mirar primero el estado de nuestros cuidados. Nadie debería pedir morir porque el sistema de salud no pudo aliviar el dolor. Y aunque duela observar semejante miedo, existen silencios, esperas, soledades que el derecho también debe tomar en cuenta. Si México reconoce una ayuda médica para morir, tendría que hacerlo con controles estrictos, consentimiento libre y acceso real a cuidados paliativos.
Pero esos riesgos no cancelan la otra parte del dilema. Hay sufrimientos que no desaparecen con decir que la vida debe protegerse. Hay personas que, ante un final irreversible, pueden considerar que la dignidad ya no consiste en resistir un día más, sino en conservar una última decisión.
La Corte tendrá entonces la tarea de encontrar un equilibrio delicado: reconocer la vida como bien constitucional central sin vaciar de contenido la autonomía de quien vive el sufrimiento en primera persona. No puede resolver desde el miedo, porque el miedo suele convertir la excepción en prohibición absoluta. Tampoco desde el entusiasmo: la libertad, cuando toca la muerte, necesita garantías fuertes. Morir con dignidad no significa despreciar la vida. Significa reconocer que la defensa de la vida y el respeto a la autonomía pueden encontrarse precisamente en los momentos más difíciles. La decisión que tome la Corte no resolverá todas las dudas, pero nos obligará a mirar de frente una pregunta que tarde o temprano alcanza a todos: usted, lector, cuando llegue el final, ¿cómo le gustaría vivir sus últimos días y quién cree que debería tener la última palabra sobre esa decisión?

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